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Busca enmendar Ley 54 para proteger a parejas del mismo sexo

10 de enero de 2013 - Ley y orden, Policía, -

El legislador Luis Vega Ramos lidera esta medida

Luis Vega Ramos. Archivo

El entrante presidente de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara, Luis Vega Ramos, junto a los representantes José Báez y Carlos Vargas Ferrer, radicaron el jueves un proyecto de ley para enmendar Ley 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como “Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”, con el propósito de brindar la protección que ésta ofrece a todas las parejas sin importar estado marital u orientación sexual.

Los artículos a enmendarse son el 3.1, el 3.2, el 3.3, el 3.4 y el 3.5

“La violencia dosméstica es un problema de salud pública serio. No existe una víctima típica, afecta todos los niveles de nuestra sociedad, no escoge género, raza, ni religión. Al crear la Ley 54 la Asamblea Legislativa tuvo como objeto reconocer la violencia doméstica como una situación nociva para una de las instituciones fundamentales de nuestra sociedad, la familia. Es inaceptable debido a la diversidad de familias que componen hoy nuestra sociedad, que el ordenamiento jurídico, según interpretado por la mayoría del Tribunal Supremo proteja sólo a algunas parejas”, expresó Vega Ramos, autor de la medida.

El representante explicó que en el caso de El Pueblo de Puerto Rico v. Leandro Ruiz Martínez, le correspondía al Tribunal Supremo resolver si las disposiciones de la Ley 54, supra, aplican a actos de agresión que se susciten dentro de una relación de pareja de un mismo sexo. La mayoría del Tribunal Supremo resolvió en contrario
al entender que en el historial legislativo del referido estatuto, no había fundamento alguno que apuntara a que así fuese.

“Es nuestro deber crear leyes de vanguardia social que propicien igual protección a todos los sectores de nuestra sociedad. Por tal razón entendemos pertinente enmendar la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica para dejar claramente establecido que la protección que ésta ofrece se haga extensiva a todas las parejas”, expresó por su parte el representante José Báez, co autor de la medida y entrante presidente de la Comisión de Bienestar Social y Erradicación de la Pobreza.

“Al aceptar la presidencia de la Comisión de lo Jurídico, así como las co-presidencias de las comisiones conjuntas para los códigos, definí como metas: la adopción de legislación racional y eficaz para reducir el crimen; la ampliación y protección de derechos humanos y civiles; así como la agilización y simplificación de los negocios jurídicos entre ciudadanos”, dijo Vega Ramos.

“Esta medida pretende colocarnos a la altura de nuestra sociedad contemporánea y regular adecuadamente las relaciones entre todos los que componemos la sociedad. Cumple además, con el compromiso programático del Partido Popular Democrático dentro del área de Seguridad, Acción 15: para proveer protección para
todos y todas”, añadió.

“El estado tiene la obligación de proteger a la familia como núcleo de nuestra sociedad. Brindar protección a todas las parejas, sin importar su orientación sexual, ni su estatus marital abre además, los accesos a los programas de ayuda para las víctimas”, manifestó el representante Carlos Vargas Ferrer, también co autor de la medida.

Vargas Ferrer recordó que construir una política de prevención es una de las encomiendas que tiene como entrante Presidente de la Comisión de Deportes y Juventud.

En esa misma dirección, con el propósito de reconocer y garantizar el derecho a la vida y a la libertad como derechos fundamentales del ser humano, Vega Ramos radicó la semana pasada como parte del primer paquete de medidas, el Proyecto de Ley de la Cámara 214 para que se declare el día 13 de noviembre de cada año como el Día de Concienciación Nacional en contra de los Crímenes de Odio.

El entrante Presidente de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara radicó también la Resolución de la Cámara 45 para ordenar a las Comisiones de lo Jurídico y de Seguridad Pública a realizar una investigación sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 46-202 conocida como Ley de Crímenes de Odio y la viabilidad de adoptar un protocolo para el manejo de dichos casos.

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