Miércoles 22.05.2013

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La cárcel: ¿el fin o el principio del camino? (Opinión)

Recientemente se derogó la Ley de Mandato Constitucional de Rehabilitación aprobada junto al Código Penal de 2004

En la mente del pueblo, y de muchos líderes sociales incluyendo los políticos,  la lucha contra la criminalidad se reduce a perseguir, capturar, enjuiciar y encarcelar a los delincuentes. Pero desvaloramos, o adoptamos como tema meramente de discusión, dos etapas vitales, de ese asunto, en la vida en sociedad: la prevención (para que no ocurra) y la rehabilitación (cuando ya ocurrió). Sus dos expresiones institucionales son la escuela, y la cárcel. Sobre la primera se ha despotricado tanto que el tema se ha tornado  más en comedia que tragedia. Pero sobre la segunda, casi ni se reconoce su importancia. Sobre eso dialoguemos aquí, de refilón, con el gobierno entrante.

Recientemente se derogó la Ley de Mandato Constitucional de Rehabilitación aprobada junto al Código Penal de 2004. En síntesis, ella hacia obligatorio lo que fue una ambición de los Padres de la Constitución del ELA. Solo que por no existir entonces los recursos, la rehabilitación se tuvo, y ha tenido, como un evento secundario en nuestra penología. Ahora sucumbió ante el gobierno saliente al retomarse la filosofía del ‘castigo’, que a su vez responde al sentido de venganza social (‘mano dura’ versus mano sabia). O sea, que la encarcelación es el fin del camino—almacén de cuerpos con vida.

¡Pues no! Debe ser el inicio del camino. Ejemplo de lo que ha sido el sistema carcelario es la leyenda inscrita sobre la puerta principal del antiguo Presidio Insular (el ‘Oso Blanco’): ‘Odia al delito y compadece al delincuente’. Aunque válido, es un mansaje, no a los reclusos, es hacia una sociedad que ni sabe existe esa leyenda (la comunidad no entraba por esa puerta). Debiera, en vez, inscribirse sobre la puerta de entrada de cada institución carcelaria, para que todo el que ha de ser recluido en ella lo lea: ‘Este es tu inicio del camino, no el final’.

Obviamente no es que se disuelvan las consecuencias de delinquir. Hay castigo desde la dimensión de ‘crimen y consecuencia’. La mera prisión es un castigo. Consecuencia forzada por la sociedad, retirándole a la persona su capacidad de actuar libremente y sometiéndole a un régimen de obediencia con el encerramiento de su voluntad civil. No es dable que quien comete crimen deje de sentir el peso del poder de  una sociedad molesta.

Imprescindible es, entonces, que veamos la prisión como uno de los elementos vitales para la prevención del crimen. Y admitirse que la derrota de esa prevención ya se dio en esa persona. Procede se haga lo que no pudo la escuela.  Ahora, re-educar. Es una segunda oportunidad de la sociedad para manejar, hasta donde la ciencia lo permite, la capacidad de un ser humano, aunque ya afectada. Todas las ventajas están presentes: mente cautiva (literalmente), forzado por la ley a ‘obedecer’, sujeto a la disciplina del estado y obligado por las circunstancias por lo menos escuchar, aunque no oiga.

Obviamente quien no quiera reeducarse, no lo hará. Para éstos, tal vez los más, es cuestión de que los mecanismos estén a su disposición. Pero la ciencia del comportamiento nos permite determinar, con cierto grado de confiabilidad, quién no es re-educable, ya sea por sus impedimentos mentales o completa prostitución moral; quiénes tienen buenas probabilidades de rehabilitación; y cuáles son los casos marginales. En adelante es priorizar razonadamente.

Durante los estudios para la redacción del Código Penal de 2004, se notó cuán mucho son utilizadas las fuentes de información del exterior. Lo que es válido, pues para qué obviar lo ya conocido. Pero hay un factor ausente que podría ser instrumental en la rehabilitación: estudiar a fondo y con precisión al recluso puertorriqueño, como individuo y como clase, y determinar rutas autóctonas para su re-educación.

Un escoyo importante que tiene que superar nuestro sistema carcelario es la confusión que se propicia entre lo que es castigo y rehabilitación. Intenta presentarse lo segundo como una debilidad y laxitud inexcusable sobre alguien que ha cometido un acto despreciable para la sociedad. No se comprende, sin embargo, que son dos conceptos compatibles. Confusión que descansa sobre el coraje e incomprensión de algunos sectores intolerantes para quienes la pena de muerte es un castigo aceptable.

Queda propiciado, en consecuencia, detener la ‘puerta giratoria’ por la que salen y luego entran las mismas personas a la institución. Ahí la importancia de la prisión como paso significativo para luchar contra la criminalidad: que no sea la cárcel el lugar al cual llegó el infractor para quedarse—a plazos de temporadas. Que sea para comenzar un nuevo estilo de vida donde no se le vea más en el penal. Y no por asesinado en la ‘libre comunidad’. Por haberse re-educado en la ‘comunidad sin libertad’.  Comentarios a: [email protected].

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