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¡Pero a mí me dijeron!

15 de octubre de 2012 - Actualidad, Opinión -

“Veamos algunos ejemplos del “pero, a mí me dijeron”, que pueden causar que usted pierda beneficios o no los solicite a tiempo”

Víctor Rodríguez
Director Relaciones Públicas SSA

¡Saludos! Desde que comencé a trabajar con la Administración del Seguro Social hace 22 años, muchos reclamantes repiten la siguiente expresión cuando se enteran de que no cualifican a tal beneficio y/o pudieron haber cobrado estos desde hace mucho tiempo: “Pero, a mí me dijeron…”. Esta expresión de lamento mayormente surge porque siguieron los consejos de algún vecino, familiar, pana del dominó o amiga(o) del bingo, en vez de comunicarse con nosotros directamente.

Como director de Relaciones Públicas y portavoz de la agencia, establecí como prioridad exhortarlos a que busquen la información correcta llamando al 1-800-772-1213 o accediendo www.segurosocial.gov. Nuestros expertos evaluarán su situación considerando todas nuestras complejas leyes para orientarlo mejor. Mi consejito de que se comuniquen con nosotros ha provocado que algunos vecinos me miren de lejitos y otros panas casi me expulsen de la mesa del dominó en mi condominio. ¡Sorry!

Veamos algunos ejemplos del “pero, a mí me dijeron”, que pueden causar que usted pierda beneficios o no los solicite a tiempo.

¡A mí me dijeron que me estaban pagando mi Seguro Social! Algunas personas se sorprenden cuando su récord de Seguro Social NO refleja todos sus salarios. Si usted trabaja como empleado de otra persona o compañía, usted debe conservar evidencia de que el patrono le descontó el Seguro Social. Por ley, el patrono debe brindarle su comprobante de retención (formulario W2) anualmente. Esta es la hojita rosa o blanca que usted envía con su planilla de contribución sobre ingresos. Conserve copia de este documento hasta que se asegure que sus ingresos están acreditados en su récord de Seguro Social.

Si usted cobra su sueldo en efectivo y/o no le brindan sus talonarios de pago, es bien probable que NO le estén reportando sus ingresos al Seguro Social. Si trabaja como empleado, usted debe notificar al Departamento de Rentas Internas federal (1-800-829-1040) si su patrono no le provee su formulario W2.

¡A mí me dijeron que no puedo solicitar retiro hasta que cumpla mis 66 o 67 años! La edad más temprana para solicitar beneficios reducidos de retiro sigue siendo los 62 años de edad. A esta edad puede recibir entre un 70% y 75% de su pensión dependiendo de su fecha de nacimiento. Usted puede solicitar en cualquier momento desde los 62 años en adelante.

Si quiere recibir su beneficio de retiro completo (sin reducción por edad), usted debe solicitarlo al cumplir su “edad completa de retiro”, que varía entre 66 y 67 años de edad, según su fecha de nacimiento. Si usted quiere recibir más del 100%, debe solicitarlo en cualquier mes luego de cumplir la “edad completa de retiro” hasta sus 70 años.

¡A mí me dijeron que cualificaba como cónyuge solamente porque vivimos juntos mucho tiempo o tuvimos hijos! Ya este tema lo hemos explicado en detalle en varias columnas anteriores. Puerto Rico y la mayoría de los estados NO reconocen la unión consensual o concubinato como matrimonio legal. Por lo tanto, si usted no se ha casado legalmente con certificado de matrimonio, NO cualificará para beneficios como cónyuge o viuda(o) en la cuenta de su pareja.

¡A mí me dijeron que cobraré beneficios completos como cónyuge o viudo aunque reciba una pensión de maestro, policía o juez! Los maestros del Departamento de Educación, policías estatales, jueces y algunos empleados federales NO pagan Seguro Social debido a que estos grupos de trabajo gubernamentales nunca se acogieron a nuestro programa.

Lea las publicaciones Eliminación de Ventaja Imprevista y Ajuste por pensión de gobierno en www.segurosocial.gov Ambas leyes afectan la cantidad de sus posibles beneficios de Seguro Social cuando usted también recibe una pensión de trabajo no cubierto por nuestro programa. No espere a enterarse de estas leyes cuando solicite beneficios.

¡A mí me dijeron que solamente cuentan los últimos 5 o 10 años para computar mi retiro! Computamos nuestros múltiples beneficios de acuerdo con la edad del trabajador y otros factores. Para cobrar beneficios de retiro, usted debió acumular por lo menos 40 créditos (10 años de trabajo aproximadamente). Sin embargo, utilizaremos un promedio de los 35 años en los que usted devengó ingresos más altos durante toda su vida para computar su beneficio mensual. Por lo tanto, todos sus ingresos desde aquel primer trabajo cuando era adolescente hasta el presente son importantes.

Mientras intento acumular puntos con mis vecinos y panas del dominó, llámenos al 1-800-772-1213. También acceda folletos informativos, su estimado de beneficios de retiro, solicite retiro, incapacidad y Medicare en español o revise su Declaración de Ganancias en www.segurosocial.gov

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