El Movimiento Victoria Ciudadana durante su “Jornada por la Democracia” frente al Tribunal de Apelaciones a la luz del fallo de descalificación de algunos de sus candidatos. >Rocio Fernandez Urbina / EL VOCERO
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Los argumentos de las partes involucradas en el pleito legal que busca la descalificación de cinco candidatos de Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) y uno de Proyecto Dignidad (PD) para las elecciones del 5 de noviembre, quedaron plasmados hoy ante un panel de cuatro jueces en el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico.
Durante la vista oral, que inició a eso de las 9:36 a.m. en la Sala de Sesiones del Apelativo y que se extendió por casi tres horas ante los jueces Félix Figueroa Cabán, Francisco Bonilla, Ana Mateu Meléndez y Annette Prats Palerm, los togados cuestionaron a los querellantes del Partido Popular Democrático (PPD) y los interventores del Partido Nuevo Progresista (PNP) la legitimación del pleito, a la vez que discutieron los procesos que siguió MVC ante la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) para certificar a sus aspirantes.
“Bajo ningún concepto teórico, normativo o doctrinal se puede atribuir daño a que candidatos de un partido no puedan participar de las elecciones con otros candidatos… Estos candidatos fueron certificados por sus propios partidos”, planteó en su primer turno el licenciado Frank Torres Viada, en representación de la legisladora por MVC Mariana Nogales Molinelli.
Torres Viada también argumentó que la decisión de un tribunal “en nada mejora el posicionamiento” de los candidatos de otros colectivos en el proceso electoral y que tampoco supone un daño justiciable que candidatos utilicen métodos distintos, pero igualmente provistos por el Código Electoral.
Los candidatos que quedaron descalificados tras el fallo del juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, por no cumplir con el requisito de endosos fueron la aspirante a comisionada residente, Ana Irma Rivera Lassén, y los candidatos a legisladores, Alejandro Santiago Calderón, Rafael Bernabe Riefkohl, Nogales Molinelli y Gladys Myrna Conty Hernández. Igualmente, fue sacado de la contienda el aspirante al distrito representativo 38 por Proyecto Dignidad, Stephen Gil Álamo.
“Ellos (PPD y PNP) iban a tener que recoger endosos no importa lo que hicieran los candadatos de MVC. Ningún candidato del PIP tuvo que recoger endosos, y los candidatos se enfrentarán a ellos”, argumentó también el licenciado Guillermo Ramos Luiña, abogado de Rivera Lassén.
Por su parte, el licenciado Iván Rivera Reyes, quien representa a los querellantes del PPD, arguyó que el “daño real” recae en que, al presentarse como candidatos únicos, “entran a una categoría de elector aspirante”, por lo que no se les podría tratar con reglas distintas a los candidatos únicos de otros partidos.
“Si aquí se comienzan a abrir huecos en la ley electoral porque algún partido quiso” aplicar la ley a su manera, se hace un daño grave a la democracia, sostuvo Rivera Reyes.
Mientras, la CEE y la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) presentaron sus argumentos ante los jueces como amigos de la corte.
“Nosotros entendemos que la CEE interpretó su ley orgánica… entendemos que se le debe dar la más alta deferencia. ¿Qué quiere decir esto? Que solo en un caso excepcional podría entonces la rama judicial intervenir con ella”, señaló la representación legal de la CEE, el licenciado Manuel Fernández Mejías.
Cuestionado por la jueza Mateu Meléndez sobre una “alegada inobservancia” de la agencia para actuar sobre los demandados si no cumplieron con los requisitos, Fernández Mejías afirmó que el Código Electoral deja al criterio de los partidos la forma y manera de ejercer el método alterno.
No obstante, el licenciado Jason Caraballo, quien también acudió en representación de la CEE, planteó que “el método alterno y la primaria no es lo que determina el recogido de endosos. Lo que determina efectivamente el recogido de endosos es que sea un candidato único”.
La jueza Prats Palerm también preguntó a los abogados por qué no se les notificó a los candidatos de MVC que debían recoger endosos si no cumplieron con la identificación de candidatos únicos previo al 2 de enero, ya que el Código Electoral establece que los partidos deben presentar a sus aspirantes en o antes del mediodía del 30 de diciembre del año previo.
“La comisión no puede estar detrás de los partidos preguntando qué hicieron y que no hicieron”, sostuvo Caraballo, señalando que tales acciones podrían provocar que parezca que la CEE tiene preferencia sobre algunos partidos.
“Queremos darle una oportunidad, no solo a las partes, sino al País... No es un caso fácil. Hace falta considerar unos aspectos más generales”, enfatizó, por su parte, el juez Figueroa Cabán.
Al culminar la vista, los jueces del Apelativo no proveyeron información adicional sobre cuándo esperan tomar una determinación.
El pasado 4 de abril, los abogados de MVC acudieron al Apelativo para exigir la revocación del fallo del juez Cuevas Ramos, quien determinó ha lugar la demanda incoada por candidatos a la Legislatura del PPD y a la que, posteriormente, se unió el PNP, para descalificar a cinco aspirantes del colectivo.
En el recurso apelativo, los abogados del MVC argumentaron que Cuevas Ramos erró al establecer que hubo candidatos de otros partidos políticos que se afectaron con la decisión del MVC de acogerse al método alterno y, de esta forma, no someter los endosos requeridos a la CEE. Además, señalaron que el togado falló en interpretar la ley y los reglamentos.