¡Buen día! Nuestro viaje por el sendero de la vida está lleno de sucesos imprevistos. Esto nos hace reflexionar en que aunque todos anhelamos lo mejor, no estamos exentos a que ocurran accidentes o enfermedades que alteren nuestros planes. Por esta razón, hoy explicaremos lo que usted debe hacer antes, durante y después de radicar una solicitud para beneficios por incapacidad de Seguro Social.
Antes de incapacitarse. El Seguro Social no es un beneficio de asistencia económica, sino un seguro en el que usted acumula créditos —desde que trabajó por primera vez hasta el presente— para beneficios de retiro, incapacidad, dependientes, sobrevivientes y Medicare.
Abra su cuenta ‘mySocialSecurity’ en www.segurosocial.gov para identificar y corregir a tiempo cualquier error u omisión de ingresos de trabajo. No espere a que le surja una incapacidad para verificar por primera vez si su récord está al día. Quizás sea demasiado tarde para que pueda conseguir las evidencias necesarias para corregir aquellos años que le faltan u otros errores. Si usted no está asegurado para beneficios por incapacidad, NO podemos evaluar sus condiciones médicas ni pagarle beneficios.
En general, las personas incapacitadas debieron acumular por lo menos 20 créditos en los diez años anteriores a incapacitarse, entre otros requisitos. Dependiendo de sus ingresos, esto pudiera ser, por lo menos, cinco años de trabajo. Reglas especiales aplican a las personas legalmente ciegas y a quienes se incapacitan antes de cumplir 31 años. Bajo otros requisitos, también pagamos beneficios a viudas(os) incapacitada(o)s y a los hijos adultos incapacitados de nuestros beneficiarios de retiro e incapacidad o fallecidos.
¿Está trabajando? El Seguro Social define incapacidad como una condición física o mental, médicamente evidenciada, que constituya una condición terminal o que le impida realizar ‘trabajo sustancial o lucrativo’ en por lo menos doce meses. Si usted está asegurado y no está trabajando, evaluaremos sus estados médicos. Si continúa trabajando y está devengando $1,470.00 o menos mensualmente durante 2023, podremos evaluar su caso. Las personas legalmente ciegas pueden devengar ingresos mensuales de trabajo hasta $2,460.00. Ambas cantidades cambian anualmente.
Si gana más de las cantidades permitidas anualmente, descontaremos —a su favor— aquellos gastos que estén relacionados con su condición médica. Para poder descontarlos de su ingreso bruto, ninguna agencia, plan médico o entidad debió reembolsarle tales gastos médicos. También se toma en cuenta si su patrono provee consideraciones especiales o “acomodo razonable” como, por ejemplo, si este le asigna tareas más sencillas debido a su condición médica, aunque le pague su mismo sueldo. Aplicamos otras reglas especiales a los cuentapropistas. Si le surgen condiciones incapacitantes, oriéntese con nosotros, aunque continúe trabajando.
Supongamos que Tritón padece varias condiciones médicas severas, pero continúa trabajando con un sueldo de $1,800.00 mensuales. Cada mes, él gasta $500.00 por sus medicamentos, terapias, citas médicas y deducibles. Si descontamos estos gastos ($500.00) a su sueldo bruto ($1,800.00), le quedarían $1,300.00. Aunque Tritón sigue cobrando sus $1,800.00 mensuales, determinamos que no realiza “trabajo sustancial y lucrativo” porque su balance de $1,300.00 es menor a las cantidades límites mensuales de 2023. Por esta razón, podemos enviar su caso a evaluación médica y le pagaríamos beneficios si aprobamos su incapacidad. Tritón debe conservar los recibos de todos estos gastos médicos mensuales.
¿Qué información adicional necesito? Usted debe indicarnos los nombres, direcciones, teléfonos, fechas de tratamiento y números de récord de los médicos privados, hospitales y agencias que lo han tratado por sus condiciones médicas, así como nombres de sus medicamentos y exámenes médicos o tratamientos. Le ayudaremos a obtener copia de sus expedientes médicos.
¿Cómo puedo solicitar beneficios? Si creó su cuenta personal ‘my Social Security’ en www.segurosocial.gov, podrá enviarnos su caso electrónicamente completando su solicitud por incapacidad, un formulario médico especial y la autorización para que solicitemos sus expedientes médicos. Este servicio solo está disponible en inglés.
También puede coordinar una cita llamando al 1-800-772-1213, de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 7:00 p.m, o visitando su oficina local de Seguro Social, de lunes a viernes, de 9:00 a.m. a 4:00 p.m, cuya dirección está disponible en www.ssa.gov/locator/.
Después de radicar: Enviaremos su caso al Departamento de Determinación de Incapacidad (DDS, en inglés), quienes pedirán y evaluarán sus récords médicos. El analista de incapacidad le enviará una carta con su nombre y teléfono para que notifique cambios significativos en su condición, tales como nuevas fuentes médicas u hospitalizaciones, etc. En algunos casos, DDS podría coordinar una cita con un médico. Usted debe acudir a estas citas o notificar con anticipación si enfrentará dificultad de acudir a la misma. DDS determinará si reúne nuestros requisitos médicos para beneficios por incapacidad y Seguro Social le notificará la decisión final de su caso, así como sus derechos de apelación.
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