Ama de casa

>Suministrada

¡Buen día! Hoy orientaremos a las personas que se dedican exclusivamente a cuidar a sus hijos y los quehaceres del hogar. Si esta fuera su situación, usted espera cualificar a posibles beneficios de Seguro Social bajo el récord de su pareja. Sin embargo, ¿está completamente segura(o) de que su cónyuge está aportando al Seguro Social y verificando su récord con regularidad? O, desde otra perspectiva, si usted también devenga ingresos por otros trabajos, ¿está pagando su propio Seguro Social por dichas actividades? Ya que el Seguro Social debe ser un asunto bien importante para toda la familia, hoy daremos varios consejitos a las amas y amos de casa.

¡Cuántas veces he escuchado “No pago el Seguro Social porque mi pareja lo paga por mí”! Esto pudiera ser correcto si usted solamente se ha desempeñado como ama(o) de casa y no recibe ingresos por otro trabajo. Según el Código de Rentas Internas Federal, las(os) amas(os) de casa no pueden pagar el Seguro Social por esas tareas. Si usted solamente pudiera cualificar para beneficios bajo el récord de su pareja, exhórtelo a que cree su cuenta ‘my Social Security’ de www.segurosocial.gov para verificar, identificar y corregir a tiempo errores u omisiones de ingresos en su récord. Si su cónyuge trabaja por su cuenta, asegúrese de que radique anualmente la planilla federal 1040PR con Rentas Internas Federal (teléfono 1-800-908-9887). Recuerde que si su cónyuge no está asegurado, usted tampoco cobrará beneficios bajo dicho récord de Seguro Social.

Recibe más información sobre esta y otras noticias. Pulsa aquí si eres usuario de Android o de iPhone.